Pero indagemos un poco más. Veamos lo que nos dice la Agencia Tributaria sobre el tema:
| TITULO: | IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004 |
| CAPITULO: | REDUCCIONES POR CIRCUNSTANCIAS LABORALES, PERSONALES Y FAMILIARES |
| REFERENCIA: | 123464-REDUCCIÓN POR MOVILIDAD GEOGRÁFICA |
| PREGUNTA: | ¿Cuándo procede aplicar la reducción por movilidad geográfica? |
| RESPUESTA: | Los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, incrementarÁn en un 100 por ciento el importe de la reducción prevista para los rendimientos del trabajo. Esta reducción se aplicará en el perÍodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. |
| NORMATIVA: | Artículo 53 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 . Artículo 47 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 . |
Interpretación personal:
Básicamente lo que entendemos aquí es que si estás viviendo en una ciudad, estás apuntado en el paro y aceptas un trabajo en otra ciudad que te obliga a cambiar tu lugar de residencia (suponemos que por lo menos habrá que cambiar de provincia, no tiene sentido cambiarse al pueblo de al lado) entonces te puedes aplicar esta reducción. Atención porque se incremeta en un 100 por ciento el importe de la reducción prevista (osea que si te reducías algo, ahora será el doble digo yo).
¿Qué te piden? Tres cosas.
1.- Esta es una de las más importantes: la tarjeta del paro, con lo que demuestras que estabas en apuntado al paro antes de aceptar el trabajo fuera de tu ciudad.
2.- Contrato de trabajo de la empresa para demostrar que estabas en el paro y ahora estás currando
3.- También suelen pedir certificado de empadronamiento para demostrar que has tenido que cambiar tu residencia (vamos que si vives en Málaga y estás empadronado en Málaga y te vas a currar a Madrid, te tienes que empadronar en Madrid a lo largo del año sobre el que quieres presentar la declaración).
Como nota importante señalar que esta reducción te la puedes aplicar 2 años seguidos. Es decir si un año cumples las condiciones al siguiente también te puedes aplicar la reducción.
Aviso: si estás currando y vas a cambiar de curro a otra ciudad quizá te interese antes de coger el nuevo curro apuntarte al paro, aunque sólo sea por un día, con eso ya cumplirías la primera de las condiciones. Piénsalo.
Espero que os sirva de ayuda. Lo que sea con tal de que conozcamos nuestros derechos, aunque sólo sea un poquito más de lo que los conocíamos antes (antes nada y ahora nada de nada seguramente :p)
Saludos
